La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) encendió el debate sobre el tratamiento fiscal de los ahorros pensionarios. La discusión se centra en si los recursos que reciben los beneficiarios de un trabajador fallecido deben someterse al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Los fondos acumulados en la cuenta individual de una afore son heredables y pueden reclamarse mediante una pensión o en una sola exhibición, sin que actualmente generen cobro de ISR. La polémica surgió cuando dos tribunales colegiados emitieron criterios opuestos: uno consideró que estos recursos constituyen ingresos gravables, mientras que otro determinó que están exentos al tratarse de herencias. Por mayoría de seis votos contra tres, la SCJN resolvió que los recursos de las fores entregados a beneficiarios no deben considerarse ingresos gravables para el ISR, al tratarse de patrimonio generado por el trabajador con fines de protección económica. Sin embargo, el caso fue retirado para elaborar un nuevo proyecto que recoja las consideraciones del debate, por lo que la contradicción permanece sin resolución definitiva. La ministra Lenia Batres Guadarrama manifestó que es injusto no gravar las herencias y legados, pues quien los recibe obtiene recursos que no provienen de su esfuerzo y reproduce desigualdades sociales. En contraste, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz señaló que sería una injusticia cobrar impuestos sobre los modestos fondos de una afore cuando en México las grandes herencias están exentas. Especialistas como Erick Valdez expresaron preocupación, argumentando que estos recursos generalmente ya pagaron impuestos durante su formación y gravearlos al cambiar de manos dentro de la familia representaría una doble tributación injusta.

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